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Regulación Blockchain 2020 (Sudáfrica)

Regulación Blockchain 2020 (Sudáfrica)

El Gobierno de Sudáfrica, a través de sus diferentes organismos, entre los cuales se encuentra el Grupo de Trabajo Intergubernamental Fintech (IFWG), compuesto por miembros del Banco de la Reserva de Sudáfrica (SARB), Tesoro Nacional, la FSCA, la SARS y el Centro de Inteligencia Financiera (FIC), ha desarrollado un punto de entendimiento entre los reguladores en innovación tecnológica a nivel financiero (fintech) y la tecnología blockchain.

A través de diferentes grupos de trabajo se estableció la necesidad de desarrollar una respuesta regulatoria a las actividades con activos digitales en Sudáfrica, la cual se vio impulsada por el impacto de los activos criptográficos en el sector financiero.

En este sentido, el Gobierno sudafricano adoptó un enfoque funcional, además de fijarse en los casos de uso, identificándolos de la siguiente manera: compra y/o venta; pagos; aumento de capital; cripto derivados y fondos; aprovisionamiento de mercado.

Desde el punto de vista regulatorio, se buscó una claridad definitoria tanto en los activos digitales como en todo el fenómeno basado en la tecnología blockchain y las tecnologías de contabilidad distribuida.

Las consideración de los criptoactivos en Sudáfrica

De acuerdo a la regulación blockchain y del mundo criptográfico, las autoridades de Sudáfrica consideran que los criptoactivos no constituyen dinero. Sin embargo, sí reconocen que pueden llegar a desempeñar algunas funciones similares a las de los valores, monedas y otros productos básicos.

Según el Grupo de Trabajo Regulador de Activos Criptográficos (CARWG), la regulación debe realizarse con la mayor rapidez posible, de manera que se pueda clarificar y definir cualquier aspecto directamente relacionado con las criptomonedas y todo este tipo de activos.

En cualquier caso, es importante recalcar que actualmente no existe ninguna regulación específica de fintech para todos los activos de cifrado. Sin embargo, estos activos de cifrado tampoco están prohibidos.

En lo que respecta a la emisión de productos financieros, como la compra y venta de estos criptoactivos, hay que tener en cuenta que están reguladas en función de diferentes leyes del sector financiero del país africano.

Impuestos

De acuerdo al Gobierno de Sudáfrica y sus respectivos organismos reguladores, se está a la espera de conocer un proyecto de ley de enmienda de leyes tributarias. En el caso de ser aceptada, las transacciones en activos criptográficos estarían exentas de IVA.

En lo que se refiere al impuesto sobre la renta, se propone que los activos criptográficos se incluyan dentro de una definición de instrumento financiero.

La finalidad de las enmiendas propuestas es la de aclarar el tratamiento que a nivel fiscal tienen este tipo de activos digitales. Desde la perspectiva del impuesto sobre la renta, estos activos deben ser considerados instrumentos financieros para fines de este impuesto; y desde la perspectiva del IVA, la emisión, cobro, adquisición, compra o venta de cualquier activo criptográfico debe ser tratado como un servicio financiero.

Por otro lado, cabe destacar que desde el Centro de Inteligencia Financiera (FICA) se imponen diferentes normas relacionadas con el lavado de dinero, para lo cual se impone a las instituciones responsables que se encarguen de informar de las transacciones al mismo, identificando y verificando a los clientes y también manteniendo registros.

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