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¿Puede pagar una empresa en criptomonedas?

¿Puede pagar una empresa en criptomonedas?

Hace apenas unos días se dio a conocer que el alcalde de Jackson, en Tennessee (Estados Unidos), Scott Conger, ha anunciado su intención de pagar el salario de los trabajadores de su ayuntamiento en bitcoins, siguiendo así otras iniciativas que han tenido lugar en los últimos tiempos, como en el caso de la ciudad de Miami.

Después de que en el primer trimestre de 2021 el bitcoin haya vuelto a alcanzar máximos históricos, ha provocado un gran auge entre los inversores, lo que al mismo tiempo ha hecho que haya un gran debate con respecto al uso regulado de las mismas.

Las criptomonedas, para algunos organismos y entidades como el Banco Central Europeo se trata de “un tipo de dinero no regulado digital, que se emite, y por lo general, controlado por sus desarrolladores, utilizado y aceptado entre los miembros de una comunidad virtual específica”. De esta definición es necesario destacar que es un dinero no regulado y que tiene que ser aceptado por parte de las partes antes de poder usarse.

Criptomonedas, ¿un nuevo medio de pago en empresas?

Las empresas más tecnológicas buscan talento y esto implica que una nueva economía suponga estar en disposición de contar con empleados que conozcan muy bien los avances tecnológicos. Esto implica que deben conocer de temas diversos como el internet de las cosas; inteligencia artificial, Big Data, programación en la nube…Este  sector está generado una gran cantidad de puestos de trabajo, y la empresa tienen que buscar nuevos argumentos para tratar de captar al talento; y una forma en la que muchas piensan hacerlo es pagando en criptomonedas.

Esto genera dudas entre muchas personas sobre si es posible o no cobrar en criptomonedas. En estos momentos, no obstante, tal y como se establece en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, el salario, así como el pago delegado de las prestaciones de la Seguridad Social, podrá efectuarlo el empresario en moneda de curso legal o mediante cheque u otra modalidad de pago similar a través de entidades de crédito. Esto significa que, a día de hoy, no es posible en España recibir el salario en criptomonedas.

La razón de ello es que las monedas virtuales o criptomonedas no son monedas de curso legal ni tampoco son una modalidad de pago que sea similar al cheque y que sea aceptado por las entidades de crédito. Hasta el momento no se podrá percibir el salario en ellas; y no lo será mientras España no reconozca a las criptomonedas como medio de pago.

¿Pueden pagar las empresas en criptomonedas?

Como no constituyen un sistema válido de pago, la retribución de estas tan solo podrían encuadrarse en la retribución en especie; y por lo tanto no podrían superar el 30% de la percepción total del trabajador. Funcionaría de forma equivalente a las acciones.

Sin embargo, al no ser un medio de pago válido, la criptomoneda se debe cambiar por su equivalente en euros, o cualquier otra moneda de curso legal. Por lo tanto, en el caso de que entregue criptomonedas será una retribución a medio o largo plazo, con un valor que depende de la fluctuación en la cotización de estas. En cualquier caso, tendrá que ser cambiada a una moneda en curso para ser utilizada. Un requisito es que la retribución debe derivar directamente de la relación laboral.

En el caso de que se trate de una empresa que se dedica a las criptomonedas, ocurriría lo mismo. De hecho, en otros países ya se contempla la posibilidad de pagar a los trabajadores con Bitcoin; e incluso esto es así en empresas en las que su actividad no tiene que ver con las criptomonedas.

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