Aquellos que vendan o comercien con bitcoins en el estado de New Hampshire, desde el 1 de enero de 2016, serán considerados “money transmitters” (transmisores de dinero) bajo las leyes de dicha jurisdicción, y deberán de obtener una licencia a tal efecto y depositar una fianza.
De acuerdo con esta nueva normativa, New Hampshire sigue el ejemplo del gobierno federal, quien lleva el empuje de la inclusión de los vendedores de bitcoins en el concepto de “money transmitters”.
Usuarios, Exchanges y administradores
Bajo la nueva ley, cualquiera que intercambie divisas digitales por cualquier otra divisa (digital o emitida por el gobierno) tendrá la consideración de “exchanger”, y deberá obtener una licencia y depositar una fianza para poder operar como “money transmiter”.
Serán considerados administradores, quienes deberán también obtener esta licencia, aquellos cuyos negocios incluyan la puesta en circulación de divisas digitales y que tengan autoridad para sacarlas de circulación.
Nueva licencia, requisitos de la fianza
Estos nuevos “money transmitters” deberán disponer de una licencia emitida por el Estado a tal efecto y deberán de depositar una fianza de 100.000 dólares. Como ocurre con todos los “money transmitters”, los requisitos de la fianza tienen su fundamento en la protección del público y del estado de aquellos “money transmitters” que, de forma indebida, retengan, se apropien o hagan un uso indebido de los fondos que se encuentren bajo su control.
100.000 dólares parece una cifra elevada, sin embargo, el coste de una fianza de garantía es mucho más baja que la fianza. En el caso de las fianzas de “money transmitters” de New Hampshire, esos 100.000 dólares representan el nivel máximo de responsabilidad por una demanda en este sentido. El coste de obtención de la garantía ronda el 1 por cierto de la cantidad garantizada, dependiendo del estado financiero y crediticio del solicitante.
Lógicamente, los requisitos de garantía son exigibles además de las distintas comisiones y gastos asociados a la obtención de la referida licencia. La comisión por la solicitud es de 500 dólares, y la solicitud requiere, entre otros pasos, un informe de antecedentes penales.
Esta nueva normativa exime expresamente de su cumplimiento a los comercios y distribuidores que vendan tarjetas regalo, ya que dichas tarjetas no son consideradas como divisas digitales.
La exención también incluye una cláusula un tanto abstracta, eximiendo a “cualquier persona que sin atender a los propósitos de este capítulo pueda ser designado por el comisario”.