El equipo de Law & Bitcoin se complace de informaros que Aleksandra Bal se ha unido a nuestra plataforma y va a hablarnos de Impuestos y Bitcoin. Aleksandra es la Editora Jefa del Boletín de Tributación Internacional de la Oficina Internacional de Documentación Fiscal (IBDF, por sus siglas en inglés). Aleksandra, posee la carrera de Derecho y Derecho Fiscal así como Administración y Dirección de Empresas en Alemania, Polonia y Holanda. Es especialista en tributación de la economía digital en general y de criptomonedas, como Bitcoin, en particular. Además, escribió su tesis doctoral sobre Tributación de Divisas Virtuales.
Bienvenida Aleksandra!
A continuación, les dejo uno de los artículos escrito por Aleksandra, donde habla de impuestos y bitcoin:
Impuestos y Bitcoin:
Bitcoin, la criptodivisa descentralizada que no está respaldada por ningún gobierno ni banco central, ha captado la atención del público desde que su valor se disparó a principios de 2012. Resulta interesante que el incremento del valor de Bitcoin coincide con el colapso económico sufrido por Chipre. La gente ha perdido la fe en las instituciones financieras, pasando a depositar su confianza en sistemas independientes de pago p2p o peer-to-peer. Entre Agosto y Diciembre de 2013, el uso de Bitcoin ha incrementado alrededor del 75% y el valor de mercado de los Bitcoins en circulación ha aumentado más de 10 veces (de aproximadamente 1 billón -millones de millones- de dólares a 12 billones -millones de millones-).
Durante un largo período de tiempo, las autoridades fiscales españolas parecían ignorar el problema de las divisas virtuales. Los contribuyentes fueron a Internet en busca de ayuda y se encontraron con gran desinformación distribuida por la red. Hay un gran número de páginas, entradas de wikipedia y blogs con diferentes opiniones sobre el tratamiento fiscal, incluyendo algunas que pueden llevar a los contribuyentes a pensar que las transacciones con Bitcoin les liberan de cualquier responsabilidad tributaria.
No obstante, en los últimos meses, algunos países (Holanda, Noruega, Singapur, Reino Unido y Estados Unidos) han presentado sus puntos de vista sobre el estatus y la fiscalidad de las divisas virtuales. Mientras que muchas de esas declaraciones se limitan a estipular que en estos casos aplican las reglas generales, otras comentan el tema con más detalle.
En Noviembre de 2013, ls autoridades tributarias noruegas (Skatteetaten) han publicado una disposición explicando que Bitcoin es un activo y no una divisa. A los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el suministro de Bitcoin constituye una prestación de un servicio sujeta a tributación. Dado que Bitcoin no tiene la consideración de moneda de curso legal, la exención aplicable a los servicios financieros no aplicaría. No obstante, las autoridades fiscales británicas (HMRC) tienen un punto de vista diferente. Las autoridades fiscales británicas tienen la opinión de que el intercambio Bitcoin por divisas convencionales se encuentra dentro de la exención aplicable a los servicios financieros.
[En relación con este tema, las autoridades fiscales españolas también se han pronunciado en este sentido declarando exentas las transacciónes con Bitcoin]Habida cuenta de las diferentes respuestas de las autoridades nacionales, surge la cuestión de si el estatus y el tratamiento fiscal (al menos a efectos de IVA) de las divisas virtuales debería ser clarificado a nivel comunitario.
El hecho de que las autoridades fiscales orienten sobre el tema es un desarrollo positivo. Ello promueve el cumplimiento por parte de los contribuyentes que quieran declarar sus transacciones con divisas virtuales debidamente, reduciendo el riesgo de que estos usuarios puedan enfrentarse a problemas fiscales que no hubieran previsto. Esto demuestra que las autoridades fiscales tienen intención de hacer frente a las innovaciones en el mercado digital. Un estudio del Banco Central Europeo sugiere que el uso de divisas virtuales va a crecer en el futuro. Si el futuro del comercio electrónico conlleva un aumento del uso de divisas cirtuales, es crucial que nuestras instituciones económicas, políticas y legales estén preparadas para lidiar con ello y que las incorporen al marco legal existente.
Previamente publicado en Leiden Law Blog
Ahora el turno del lector, cómo creéis que debería tributar Bitcoin? Creéis que debería estar sometido al Impuesto sobre el Valor Añadido?