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EL BITCOIN Y EL METODO FIFO EN EL IRPF

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Nuevamente, estamos con vosotros para comentar un segundo aspecto de  la contestación de la Dirección General de Tributos número V1604-2018.

EL BITCOIN, ¿ES UN BIEN HOMOGÉNEO?

En la consulta planteábamos si para calcular la ganancia o pérdida patrimonial, la determinación de los bitcoin que se vendan y su correspondiente valor de adquisición ha de hacerse de forma independiente por cada casa de cambio en la que se hayan realizado operaciones de adquisición y venta, o bien hay que tener en cuenta todos los bitcoin adquiridos con independencia de la casa de cambio o exchange en la que se realicen las operaciones.

Es decir, se trata de determinar los bitcoin que son objeto de transmisión en el caso de una venta parcial, cuando han existido adquisiciones realizadas en distintos momentos y a diferentes valores y en diferentes exchanges.

La contestación establece que los bitcoin tienen su origen en un mismo protocolo específico y poseen todos ellos las mismas características, lo que confiere a los bitcoin o fracciones de  unidades de bitcoin la naturaleza de bienes homogéneos.

NORMATIVA APLICABLE

En la contestación, se reconoce que en la Ley del IRPF no existe una regla específica para identificar las monedas virtuales que se entienden transmitidas a efectos de determinar la correspondiente ganancia o pérdida patrimonial , pero recoge el criterio que aplica la referida Ley en sus artículos 37.2 y 54.5 para transmisión de acciones y participaciones en fondos de inversión y disposición de bienes aportados a patrimonios protegidos de personas con discapacidad,  de forma que en el caso de ventas parciales de bitcoin que hubieran sido adquiridas en diferentes momentos, debe considerarse que los bitcoin que se transmiten son los adquiridos en primer lugar.

VALORACIÓN FIFO DEL BITCOIN EN IRPF

Para los que no tienen conocimientos de contabilidad, diremos que el Método FIFO (First in, First  Out) de valoración de existencias, en otras palabras, el que primero entra, primero sale.

Así, en  caso de una venta parcial de bitcoin o fracciones de unidad de bitcoin, el valor de adquisición a considerar será el de  las compras más antiguas.

Al igual que nuestra recomendación del anterior artículo, volvemos a recordar a nuestros amigos bitcoiners la necesidad de guardar en nuestros  archivos, la documentación que acredite las fechas y los importes adquiridos en los exchanges y casas de cambio.

LA ADQUISICIÓN EN DIFERENTES EXCHANGES NO ALTERA LA HOMOGENEIDAD DEL BITCOIN.

Finalmente, la contestación indica que la circunstancia de que los bitcoin se adquieran en distintos exchanges no altera la homogeneidad de las referidas monedas virtuales, por lo que para determinar la antiguedad y el correspondiente valor de adquisición de los bitcoin que se consideren vendidos conforme al criterio FIFO, habrán de tenerse  en cuenta todos los bitcoin adquiridos sin distinguir en función de las diferentes casas de cambio en las que se hubiesen realizado las operaciones.

 

Para cualquier duda o comentario, podéis  escribir al equipo Fiscal de LawandBitcoin

 

Saludos y hasta la próxima, amigos bitcoiners

 

 

 

 

 

 

2 Responses

  1. pablo

    Hola,

    y si por ejemplo, vendes por segunda vez? se toma el valor de la segunda compra? o siempre se tiene el primer valor?

    Como sea siempre el primer valor estafa maxima jaja

    1. Equipo Fiscal

      no no
      sólo tienes en cuenta el segundo valor o siguientes, en su caso, cuando hayas agotado las unidades adquiridas en primer lugar.
      te pongo un ejemplo , compras un bitcoin a 1.000 en fecha x, otro bitcoin a 1200 en fecha x más 2
      si en fecha x mas 3 vendes 2 bitcoin , el precio de adquisición sería 2.200
      Cualquier duda me dices
      saludos
      Equipo Fiscal

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