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Uruguay comienza a regular bitcoin

Uruguay comienza a regular bitcoin

La máxima entidad monetaria de la República Oriental de Uruguay emitió recientemente un comunicado en el que ofrece definiciones y establece unos aspectos básicos para la regulación de bitcoin y el resto de criptoactivos. De esta manera, se puede ver por dónde irán los tiros de las medidas que han decidido adoptar desde Uruguay. Lo que sí se puede saber es que no se plantea una legislación muy estricta para su uso como método de pago o intercambio, pero a la hora de hacer uso de los mismos como activo de inversión.

El documento, que cuenta con el título “Marco conceptual para el tratamiento regulatorio de los Activos Virtuales en Uruguay”,  tiene como objetivo compartir los resultados de la investigación del Grupo de Trabajo interno sobre Activos Virtuales. Es un equipo que se encuentra conformado por la entidad específicamente para el análisis de la regulación de este tipo de activos.

El siguiente de los pasos a llevar a cabo por parte del Banco Central de Uruguay es el de trabajar en un proyecto de ley para la legislación de este tipo de activos. El Banco Central lleva meses analizando la regulación del sistema monetario en el país; y con su documento pretende decir lo que el banco quiere o no quiere hacer con respecto a las monedas digitales.

Lo que es una realidad es que, al igual que sucede en otros puntos del planeta, las criptomonedas tendrán un gran peso e importancia; y de ahí que sea tan importante para ellos el hecho de apostar por una regulación que permita atajar los puntos más problemáticos sobre este tipo de activos. En cualquier caso, aún habrá que esperar para que haya una legislación firme sobre estos activos virtuales en Uruguay, aunque menos de lo que muchos podrían prever.

Los activos virtuales para el Banco Central de Uruguay

De acuerdo con lo que ha publicado el Banco Central de Uruguay es un tipo de activos que resulta novedoso y que, por lo tanto, es diferente de aquellos que tienen que ver con los que conforman el sistema financiero tradicional. Por este motivo, una de las primeras necesidades al respecto es la de establecer de qué se habla a la hora de mencionar cada actor o elemento dentro de un ecosistema.

De esta forma, entiende que el término “activo virtual” es una representación digital de valor o de derechos contractuales que se puede almacenar, transferir o negociar de manera electrónica a través de tecnologías de registro distribuido (DLT) u otras tecnologías similares.

Las criptomonedas como bitcoin o ether entran en la categoría de activos virtuales de intercambio, que tal y como indica el BCU, se emplean como medio de inversión o intercambio.

Asimismo, han querido distinguir entre otros tres tipos de activos virtuales: activos virtuales valores, que son los que tienen la posibilidad de otorgar derechos como la propiedad, un reembolso de una suma determinada de dinero o el derecho a tener una participación en beneficios económicos futuros; los activos virtuales de utilidad, que permiten el acceso a un producto o servicio, como los fan tokens; y los activos virtuales estables, que son los que reducen la volatilidad y se pueden encontrar respaldados por activos de reserva.

Además, a la hora de llevar a cabo las definiciones pertinentes acerca de los activos digitales, también se muestra en el documento algunos detalles sobre lo que consideran que es un minero, un desarrollador, un usurario y un proveedor de servicios de custodia. Además, también está explicado lo que es un exchange y el papel de los asesores e intermediarios; los emisores de activos virtuales; y los proveedores de servicios de activos virtuales.

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