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La UE prohíbe prestar custodia y cuentas cripto a residentes rusos sin límite de importe

Ilustración editorial de una señal de restricción, un escudo de protección y flechas de intercambio.

La Unión Europea acordó el 6 de octubre de 2022 su octavo paquete de sanciones por la invasión rusa de Ucrania. Entre otras medidas, eliminó el umbral de 10.000 euros que limitaba la prohibición de prestar servicios de monedero, cuenta o custodia de criptoactivos a nacionales rusos, personas residentes en Rusia y entidades establecidas en ese país.

Desde la reforma, la restricción se aplicaba cualquiera que fuera el saldo del cliente, sin perjuicio de las excepciones y autorizaciones previstas en el propio régimen. La medida no bloqueaba técnicamente una blockchain ni impedía que dos particulares realizaran por sí solos una transferencia. Se dirigía a los proveedores y personas sujetos a la jurisdicción de la UE.

Qué cambió con el octavo paquete

La Unión ya había introducido en abril de 2022 una prohibición para prestar esos servicios cuando el valor total de los criptoactivos del cliente superara 10.000 euros. El nuevo paquete suprimió ese límite. Una cuenta de bajo importe podía quedar, por tanto, dentro de la restricción en función de la nacionalidad, residencia o establecimiento del cliente.

El texto se refería a servicios de monedero, cuenta y custodia. En la práctica afectaba sobre todo a exchanges centralizados, custodios y otros intermediarios capaces de abrir o mantener una relación contractual y controlar el acceso a los activos. No equivalía a una orden de congelación individual: esa consecuencia correspondía a otros artículos cuando la persona estaba específicamente incluida en una lista de sanciones.

También existían salvedades. El Reglamento protegía, entre otros supuestos, a nacionales de Estados miembros y a determinadas personas con residencia en la UE, el Espacio Económico Europeo o Suiza. Además, las autoridades nacionales podían autorizar ciertas operaciones por motivos expresamente enumerados. Por ello, una política interna que cerrara todas las cuentas relacionadas de cualquier forma con Rusia podía ser más amplia que la obligación legal.

El reto de identificar a quién se presta el servicio

La eliminación del umbral trasladó el análisis desde el importe hacia la identidad y localización. El proveedor necesitaba datos actualizados de nacionalidad, residencia y entidad contratante, además de controles para detectar cambios y posibles intentos de elusión. La dirección de una cartera, por sí sola, no contiene esa información.

Los datos de incorporación del cliente, documentos, IP, medios de pago y titulares reales podían adquirir relevancia conjunta. Un exchange debía combinar el control de listas de personas sancionadas con las prohibiciones sectoriales, que alcanzaban a categorías de clientes aunque no aparecieran nominativamente en un anexo.

La autocustodia planteaba un límite operativo. Un proveedor europeo podía rechazar o cerrar una relación, pero no borrar una clave privada mantenida fuera de su plataforma. La norma regulaba la conducta de quien presta el servicio; no modificaba el protocolo ni convertía automáticamente en ilícita toda transferencia vinculada con una dirección rusa.

Por qué fue relevante para los exchanges

El cambio dejó claro que el cumplimiento de sanciones no era una extensión opcional del programa contra el blanqueo. Ambos sistemas utilizan identificación y seguimiento, pero responden a fundamentos y consecuencias distintos. Una operación podía no parecer blanqueo y, aun así, estar prohibida por una medida restrictiva de política exterior.

También obligó a diseñar procedimientos de salida. Cerrar un servicio no significaba necesariamente confiscar los activos. Había que determinar si podían devolverse, convertirse o transferirse, comprobar que el destino no estuviera bloqueado y conservar un registro suficiente de la decisión. Los errores podían perjudicar tanto a clientes legítimos como a la eficacia de las sanciones.

Perspectiva desde 2026

La regla de 2022 fue ampliada por el decimonoveno paquete de sanciones. El Reglamento (UE) 2025/2033 sustituyó la referencia limitada a monederos, cuentas y custodia por una prohibición de prestar los servicios de criptoactivos definidos en MiCA. La reforma alcanzó también a proveedores que todavía operaban bajo el periodo transitorio del Reglamento europeo.

Las preguntas frecuentes de la Comisión, actualizadas el 13 de marzo de 2026, confirman ese alcance más amplio y mantienen la necesidad de revisar las excepciones aplicables. Así, el episodio de octubre de 2022 debe leerse como una etapa, no como la versión actual completa. Para un proveedor europeo en 2026, el análisis ya no puede limitarse a la custodia: debe mapear cada servicio MiCA, la persona que lo recibe y cualquier posible vía de elusión.

Fuentes

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