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La ley de criptoactivos de Brasil crea un marco para exchanges y custodios

Ilustración editorial de una cartera digital, un documento normativo y flechas de intercambio.

Brasil promulgó el 21 de diciembre de 2022 la Ley 14.478, su primera base nacional para autorizar y supervisar a proveedores de servicios de activos virtuales. La ley de criptoactivos de Brasil definió actividades alcanzadas, fijó principios de protección y dejó al Ejecutivo la designación del organismo que desarrollaría la licencia.

La norma no convirtió bitcoin en moneda de curso legal y tampoco puso todas las operaciones tokenizadas bajo una sola autoridad. Los activos que ya tuvieran naturaleza de valor negociable continuaron dentro de las competencias de la Comissão de Valores Mobiliários (CVM). El marco general se dirigía principalmente a intermediación, custodia, transferencia y otros servicios con activos virtuales que no fueran valores.

Qué estableció la ley de criptoactivos de Brasil

La ley definió el activo virtual como una representación digital de valor que puede negociarse o transferirse electrónicamente y utilizarse para pagos o inversión, con varias exclusiones legales. También describió actividades propias de los proveedores, como el intercambio entre activos virtuales y moneda, el intercambio entre activos, la transferencia, la custodia y la participación en servicios financieros relacionados con una oferta o venta.

Realizar esos servicios en Brasil exigiría autorización previa del organismo que designara el Poder Ejecutivo. La futura autoridad podría establecer requisitos, supervisar las entidades y autorizar transferencias de control. La ley concedió un período de 180 días antes de su entrada en vigor, pero no contenía por sí sola todos los formularios, niveles de capital o reglas técnicas necesarios para solicitar una licencia.

Los prestadores debían guiarse por principios de libre competencia, buenas prácticas de gobierno, seguridad de la información, protección de datos y consumidores, solidez operativa y prevención del blanqueo y de la financiación del terrorismo. El texto añadió además al Código Penal una modalidad específica de fraude mediante activos virtuales, valores o activos financieros.

Un marco dividido entre autoridades

La separación entre activos virtuales generales y valores tokenizados era jurídicamente importante. Un token puede utilizar una blockchain y, aun así, representar una inversión sometida a la legislación del mercado de valores. En ese supuesto, la etiqueta “criptoactivo” no desplaza las competencias de la CVM ni permite elegir el régimen más favorable.

La ley también convivía con normas ya existentes sobre consumidores, datos, impuestos y prevención del blanqueo. La obtención de una autorización sectorial no eliminaba esas obligaciones. Un exchange debía explicar precios y comisiones, proteger credenciales, identificar operaciones sospechosas y responder por la prestación ofrecida conforme a la relación contractual con su cliente.

Para los operadores extranjeros, el foco no era únicamente el lugar de constitución. Prestar servicios en el mercado brasileño podía activar el marco nacional. La posterior regulación tendría que precisar presencia local, transición para empresas ya activas y los procedimientos para demostrar capacidad financiera, tecnológica y directiva.

Por qué fue relevante para empresas y usuarios

Brasil pasó de una suma de reglas generales a una arquitectura sectorial que permitía licenciar exchanges y custodios. Ese paso aportó una base legal para distinguir operadores supervisados, exigir controles y sancionar incumplimientos. A la vez, evitó presentar la ley como una aprobación pública de cualquier token o plataforma.

Para los usuarios, la promesa principal era una supervisión más cercana sobre custodia, conflictos, seguridad y atención al cliente. Sin embargo, en diciembre de 2022 todavía faltaba el desarrollo reglamentario. La protección no podía darse por completa hasta conocer quién supervisaría, qué requisitos impondría y cómo se adaptaría el sector.

Perspectiva desde 2026

El Decreto 11.563 de junio de 2023 designó al Banco Central de Brasil como regulador de los proveedores comprendidos por la ley, sin quitar a la CVM sus competencias sobre valores. El desarrollo principal llegó en noviembre de 2025 con las Resoluciones BCB 519, 520 y 521, aplicables desde el 2 de febrero de 2026.

Ese paquete regula la autorización y el funcionamiento de proveedores, los clasifica como intermediarios, custodios o corredores de activos virtuales e integra determinadas operaciones en el régimen de cambios y capitales internacionales. También exige gobierno, seguridad, controles internos, protección del cliente y medidas contra el blanqueo. Así, la ley marco de 2022 terminó convertida en 2026 en un régimen operativo bajo supervisión del Banco Central, con reglas transitorias para quienes ya prestaban servicios.

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